Apuntando a incorporar prácticas internacionales en materia bursátil, el directorio de la Bolsa de Santiago decidió incorporar modificaciones al reglamento que rige para la subasta de cierre.
Según indicaron a través de un comunicado, decidieron establecer que para las ofertas de instrumentos en dicho segmento la variación máxima respecto del precio de referencia o límite permitido será de 9%, a partir del próximo 17 de octubre.
“Con el objetivo de permitir la libre formación de precios durante la subasta de cierre respectiva, el rango entre los precios mínimo y máximo no podrá ser inferior a 7% respecto al precio de referencia, y se mantendrá fijo por el transcurso de la subasta respectiva, no dependiendo de la variación de los precios ingresados durante la misma”, explicó la firma.
De esta forma, indicaron, “se busca mitigar riesgos de ingreso de órdenes fuera de los precios de mercado, así como evitar el ingreso de ofertas distorsionadoras, cuyo objetivo no corresponde a la formación de precios en los valores sujetos a esta modalidad de negociación”.
Al mismo tiempo, se mantienen las características actuales del mercado nacional, buscando la simplicidad en la negociación y preservar la correcta formación de precios y el ingreso de órdenes que busquen el mejor interés del inversionista, según señalaron en su nota.
Los precios de referencia serán definidos por el directorio, basado en criterios como la consideración de transacciones generadas únicamente en Bolsa de Santiago, la temporalidad de transacciones consideradas, el volumen o monto mínimo, la condición de liquidación, el sistema de negociación y la liquidez de los instrumentos, entre otros.