La caja de herramientas de la riqueza privada en Chile sumó una nueva alternativa, que está atrayendo la mirada de familias de alto patrimonio, banqueros privados y abogados tributarios, entre otros. Se trata de una ventana de rebaja del impuesto a las donaciones, con el objetivo de incentivar que se adelanten las herencias en el país andino.
Se trata de una reducción transitoria del 50% de este gravamen, por una única vez y durante un año. Este mecanismo, que se puede aplicar con un tope de 50% del patrimonio del donante, sólo puede beneficiar a hijos y cónyuges del donante y cuartas de mejora. Sólo en caso de que una persona no tenga este tipo de relaciones el beneficiario pueden ser terceros.
En el mundo de la gestión y planificación familiar, esta ventana es una oportunidad atractiva para adelantar procesos sucesorios y estructurar herencias. Una que tiene como telón de fondo la tendencia global de la Gran Transferencia de Riqueza, un período en el que se espera que una gran cantidad de fortunas vivan un cambio generacional.
Esta ventana de un año se extenderá por 12 meses, a partir del primer día del mes subsiguiente a la publicación de la ley –la megarreforma económica aprobada este año, titulada Ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social– en el Diario Oficial. Como esto todavía no sucede, la fecha está pendiente.
La rebaja transitoria, comenta a Funds Society el Managing Partner de SW Chile, Rodrigo Benítez, “puede ser atractiva para familias que ya tienen un plan de sucesión, quieren anticipar transferencias y pueden desprenderse de activos sin comprometer su liquidez ni su control patrimonial”.
En esa línea, el ejecutivo indica que también podría interesarle a familias con participaciones empresariales o activos ilíquidos, cuando el financiamiento del impuesto sea relevante y la estructura sea aplicable. “Se debe recordar siempre que lo que se pretende con este incentivo es siempre beneficiar a las familias y negocios familiares, que componen más del 80% de la actividad empresarial en Chile”, recalca.
Y esto no sólo apunta a las mayores fortunas de la plaza chilena. “La gran ventaja de esta ley es su simpleza y la facilidad del trámite, lo que permite beneficiar también a familias con patrimonios medios”, comenta Mauricio López, presidente ejecutivo de Addwise Multi Family Office.
Desde Conpat Global, el director ejecutivo Patricio Elgueta, recalca que los beneficiarios naturales son los que están sujetos a elevados impuestos a la herencia en el futuro. “.Por ejemplo, 1.000 dólares (unos 985.000 dólares) ya está en la tasa máxima de impuesto de un 25%”, subraya.
Una herramienta de utilidad
Un aspecto especialmente atractivo para los capitales locales es que ofrece una carga tributaria menor que el gravamen normal. “En la herencia y la donación rige una escala progresiva de 1% a 25% sobre el valor de lo donado, por tanto, en la parte máxima, significa un ahorro del 12,5% de impuesto”, señala Benítez.
La norma, destaca el ejecutivo, “combina ahorro tributario con herramientas prácticas: simplifica el trámite, permite distribuir activos entre familiares elegibles y, bajo condiciones, financiar el impuesto con mutuos o pagarés de sociedades relacionadas en UF y hasta diez años. Es un incentivo para que las nuevas generaciones se involucren en los negocios de los padres”.
Es más, agrega, es una oportunidad para iniciar un traspaso progresivo del patrimonio y los negocios, estableciendo un gobierno corporativo adecuado.
Para Elgueta, la belleza de la ventana aprobada en la megarreforma está en que es “muchísimo más rápida”, más sencilla y que tiene un plazo acotado, entre otros. En ese sentido, en la esfera de la asesoría y planificación patrimonial celebran que simplifica un aspecto clave: “Ya no se requiere la autorización de un juez para hacer una donación a un legitimario. Antes de la reforma, se debía hacer ese trámite, que se denominaba ‘Insinuación de Donación’”, explica.
Además, agrega, otro aspecto de la reforma transitoria “es la posibilidad de pagar el impuesto definido con un préstamo al nuevo socio, sin efectos tributarios en la persona jurídica y natural”.
Y no se trata sólo de aspectos patrimoniales, sino también de otras aristas del legado familiares. Según López, la transferencia también se relaciona con “la dedicación del tiempo a actividades altruistas de los patriarcas”.
Con todo, el ejecutivo califica la medida tributaria como “una herramienta que permite ordenar las transferencias intergeneracionales en vida, en vez de dejar toda la planificación para la sucesión”.
De todos modos, desde la industria recalcan que esta ventana es una pieza más de la caja de herramientas. La idea, comenta Benítez, es combinarla con otros mecanismos de traspaso, como el testamento, el usufructo y los fideicomisos. “Además, se debe revisar las ventajas de crear un vehículo de inversión tipo family office que asegure un adecuado gobierno corporativo o administración, definitivamente conviene aprovechar esta oportunidad”, recalca.



