El Reglamento Delegado (UE) 2026/465 y el Reglamento Delegado (UE) 2026/466, que desarrollan las características operativas y metodológicas de las herramientas de gestión de la liquidez aplicables a los fondos de inversión alternativos (FIAs) y a los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (UCITS, en siglas inglesas), se publicaron finalmente a finales de febrero. l 27-2-2026 en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Según destacan desde finReg360, ambos reglamentos los aprobó la Comisión Europea el 17-11-2025 y adelantamos su contenido en la alerta vinculada al margen. «Estas herramientas de gestión de liquidez, que ahora desarrollan los reglamentos delegados, las introdujo la Directiva (UE) 2024/927, que modificó las directivas de los gestores de fondos de inversión alternativos y de los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios», explican los expertos de la firma.
Los reglamentos delegados entrarán en vigor el 19-3-2026 (20 días después de su publicación en el DOUE) y se aplicarán desde el 16-4-2026. No obstante, desde finReg360, explican que hay una disposición transitoria en ambos reglamentos añade una distinción relevante. «Los UCITS y y los FIA constituidos antes del 16-4-2026 disponen de un período transitorio de un año, hasta el 16-4-2027, para adaptarse a las nuevas disposiciones. Este período busca permitir la implantación adecuada de los requisitos definidos, que puede implicar, entre otras cuestiones, revisar y modificar la documentación del fondo, actualizar los procesos internos de gestión y control, y también ajustar técnicamente las herramientas y mecanismos de gestión de la liquidez. Además, los UCITS y FIAs que se constituyan a partir del 16-4-2026, por el contrario, deberán cumplir desde su constitución con todos los nuevos requisitos de las herramientas de gestión de la liquidez, sin posibilidad de acogerse al período transitorio», señalan



