La ESMA sigue exponiendo sus criterios sobre la aplicación del reglamento MiCA

Análisis de finReg360

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Pixabay CC0 Public Domain

Autor: Funds Society, Madrid

La autoridad europea establecer que los proveedores de servicios de criptoactivos no pueden utilizar los criptoactivos de sus clientes por cuenta propia,

En este sentido, los proveedores de servicios de criptoactivos revisen sus productos y políticas de custodia y administración de criptoactivos para cerciorarse de ello

cuando el proveedor realice prefondeo con criptoactivos de los clientes para ejecutar órdenes, debe tratarlo como un supuesto de subcustodia.

La ESMA advierte del “efecto halo” que puede inducir a error a los clientes cuando un proveedor de servicios de criptoactivos combina servicios previstos en el reglamento MiCA con otros servicios no regulados