En febrero de 2026, la SEC (Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos) aprobó una modificación relevante de la normativa de la Autoridad Reguladora de la Industria Financiera (FINRA) en materia de regalos y atenciones comerciales. Según la actualización de la conocida Gifts Rule (Regla 3220), se eleva el límite anual de obsequios permitidos de 100 a 300 dólares por destinatario. Se trata del primer ajuste de esta cuantía desde 1992, y responde tanto a la erosión inflacionaria acumulada en más de tres décadas como a la necesidad de adaptar la norma a las prácticas actuales del sector financiero.
Para asesores financieros y profesionales que atienden a clientes de altos patrimonios, el cambio supone un margen más amplio en el ámbito de las cortesías comerciales, sin alterar el principio rector de la norma: evitar incentivos indebidos o conflictos de interés. “El nuevo umbral mantiene el límite por persona y por año, reforzando la lógica de prudencia y proporcionalidad. En la práctica, la actualización aporta coherencia económica a una cifra que había quedado desfasada, al tiempo que preserva el marco de control diseñado para proteger la integridad de las relaciones profesionales”, explican desde la autoridad estadounidense.
Más allá del incremento cuantitativo, la reforma incorpora mayor claridad técnica: FINRA ha codificado en la propia norma criterios que hasta ahora se apoyaban en guías interpretativas dispersas, incluyendo aspectos como la valoración de los regalos, su agregación cuando existen varios destinatarios y el tratamiento de atenciones vinculadas a eventos o actividades de negocio. Asimismo, “se delimitan con mayor precisión determinadas exclusiones, como los regalos personales no relacionados con la actividad profesional o ciertos obsequios de condolencia, aportando seguridad jurídica tanto a firmas como a profesionales registrados”, apunta la actualización.
Para los expertos, este cambio es además relevante porque faculta de forma expresa a FINRA para conceder exenciones en casos concretos, bajo determinadas condiciones. Esta capacidad introduce un grado adicional de flexibilidad supervisada, particularmente relevante para entidades con estructuras complejas o presencia internacional. En paralelo, la SEC subraya que la actualización no reduce las expectativas en materia de supervisión interna: las firmas deberán mantener sistemas y procedimientos razonablemente diseñados para asegurar el cumplimiento efectivo de la regla.



