La Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el regulador de la industria financiera chilena, sometió a consulta pública la propuesta normativa que crea el Compendio Normativo de Fondos y Administradoras Generales de Fondos (AGF). Esta propuesta, que comprende la estructuración de una seguidilla de normas que afectan a los vehículos de inversión y las firmas que gestionan sus carteras, busca modernizar y sistematizar las reglas aplicables a la industria y modernizar la Ley Única de Fondos (LUF).
Según detalló la entidad a través de un comunicado, esta propuesta normativa sistematizó 80 normas aplicables a esa industria en una sola regulación, más moderna y alineada con los nuevos estándares y prácticas observadas a nivel internacional. Con todo, el proceso de consulta estará abierto por un período de dos meses.
El proceso consultivo, recalcó la CMF, invitó a los distintos actores del mercado financiero, particularmente a las administradoras generales de fondos (AGFs), a comentar la propuesta normativa y entregar los aportes o perfeccionamientos que pudieran tener.
En particular, la entidad busca la perspectiva de los actores locales en tres aristas clave. En primer lugar, si existe algún beneficio, costo o riesgo asociado a la excepción que se propone para los fondos dirigidos exclusivamente a inversionistas institucionales respecto de la periodicidad de envío de sus estados financieros.
En segundo lugar, si las AGFs observan algún espacio para otorgar una mayor proporcionalidad a las gestoras respecto a los fondos que administran, distintos a los ya contemplados en la propuesta normativa, en aspectos relacionados con los reglamentos internos, la información que se debe proporcionar a los inversionistas, los requisitos contemplados en la propuesta para la venta de cuotas de fondos, a las inversiones de los fondos o a la mantención de determinados registros.
Finalmente, la Comisión busca evaluar si la industria ha identificado dificultades asociadas al cumplimiento de los límites establecidos para la denominación de los fondos.
Los detalles de la normativa
El nuevo compendio normativo propuesto por la CMF para gestoras y fondos se organiza en cinco capítulos: definiciones y conceptos generales; regulación específica de las AGFs; regulación aplicable a los fondos fiscalizados; regulación aplicable a las administradoras de fondos privados; e información que deben mantener las AGFs.
Entre los objetivos de la iniciativa, la entidad destacó:
Eleva estándares en la venta de fondos: La nueva regulación exige a las administradoras que adopten mejores estándares en la venta de fondos mutuos y de inversión. Por ejemplo, para difundir retornos históricos o comparaciones con otros fondos las administradoras deben emplear los denominados «Global Investment Performance Standards (GIPS)» del CFA Institute. Estos estándares son utilizados ampliamente a nivel global en la industria y no solo permitirán que los fondos nacionales sean comparables entre sí, sino que también les permitirá contar con información estandarizada a efectos de que inversionistas extranjeros puedan compararlos con vehículos internacionales.
También, se reemplaza el actual folleto informativo por una ficha resumen, que exhibe de manera más amigable y resumida la información relevante para elegir en qué fondo invertir. Por ejemplo, considera los costos, rentabilidades y el nivel de riesgo del fondo. Esto último, mediante cinco niveles de riesgo que van desde “muy bajo” hasta “muy alto”.
Fortalece la valoración de las inversiones: La propuesta introduce nuevos requisitos para los procesos de valoración que se efectúan sobre las inversiones de los fondos, en especial para los activos alternativos. Además, se refuerza la necesidad de privilegiar la contratación de peritos valorizadores independientes de reconocido prestigio e idoneidad, con experiencia y competencias técnicas comprobables en el tipo de valoración respectiva.
Incrementa la transparencia y protección a los partícipes: La iniciativa normativa establece una nueva forma de presentación estandarizada de los hechos esenciales a los que se refiere el artículo 18 de la LUF, que la AGF deberá comunicar a los partícipes de los fondos que gestiona y a la CMF. En este sentido, la propuesta busca facilitar al partícipe la evaluación de la importancia del hecho que se le informa, para lo cual la AGF deberá clasificar el hecho según la relevancia potencial que tuviera para el partícipe, y, a su vez, calificar el impacto potencial que el hecho podría tener en los activos o pasivos del fondo y en los resultados de éste (en alto, medio o bajo).
También se exige a las AGFs presentar en sus sitios web información relevante sobre los fondos que gestionan, dentro de la cual deberá incluir datos sobre valores cuotas históricos, tasa efectiva de gastos anual, remuneraciones y comisiones, garantías constituidas en favor de los fondos, horarios de cierres de operaciones, entre otros.
Introduce requisitos para los fondos ASG: Para evitar conductas conocidas como «Greenwashing» -por ejemplo, exagerar o distorsionar con fines publicitarios los compromisos asociados a sostenibilidad- la normativa establece nuevas exigencias para que los fondos puedan emplear expresiones relacionadas con las temáticas «ASG» (Ambiental, Social y Gobernanza).
Por ejemplo, se exige mantener directa o indirectamente un porcentaje de al menos un 80% de sus inversiones en activos orientados a alguno de los siguientes objetivos de sostenibilidad: mitigar impactos ambientales y/o sociales negativos; generar o apoyar impactos ambientales y/o sociales positivos; y mejorar la resiliencia de las empresas o proyectos en que invierte el fondo.



