Se inicia la campaña de la Renta 2025 y la CNMV, el Banco de España y el Ministerio de Economía dan algunos consejos e información, en el marco del plan de educación financiera y la campaña finanzas para todos.
Si el año pasado reembolsaste un fondo de inversión o vendiste acciones de empresas cotizadas, deberás tener en cuenta cómo van a tributar en el IRPF.
En la gestión de las finanzas personales es conveniente conocer cuánto y cuándo hay que pagar por las rentas que se vayan generando, si en ese momento existe algún tipo de beneficio fiscal, qué gastos son fiscalmente deducibles o si se pueden compensar las pérdidas con las ganancias a la hora de declarar el impuesto.
Para saber más, puedes consultar las dos guías prácticas publicadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que, de una forma pedagógica y con ejemplos prácticos, te ayudarán a saber qué rentas deben declararse, cómo se integran los ingresos en el IRPF o cómo se calcula la cuota a pagar.
En el caso de las acciones, los inversores pueden obtener rendimientos en dos momentos principales: cuando venden los títulos, generando una ganancia o pérdida patrimonial, o, durante su tenencia, a través de dividendos, primas de asistencia a juntas o la transmisión de derechos de suscripción preferente, que tributan como rendimientos del capital mobiliario.
Por su parte, los fondos de inversión presentan determinadas particularidades fiscales, entre ellas la posibilidad de diferir el pago de impuestos cuando se realizan traspasos entre fondos sin reembolsar el dinero, lo que permite adaptar la cartera sin impacto fiscal inmediato.
Además, tanto en acciones como en fondos, las pérdidas patrimoniales pueden compensarse con ganancias y, con ciertos límites, con rendimientos del capital mobiliario, lo que puede ayudar a reducir la factura fiscal final.
Recomendaciones prácticas
- Revisar si se han obtenido ganancias o pérdidas patrimoniales: la venta de acciones o fondos puede generar plusvalías o minusvalías. Para ello hay que calcular la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, teniendo en cuenta las comisiones asociadas a la compraventa.
- Compensar pérdidas con ganancias puede reducir el impuesto a pagar: las pérdidas patrimoniales pueden compensarse con ganancias obtenidas durante 4 años fiscales, con ciertos límites.
- Tener en cuenta los dividendos recibidos durante el año: los dividendos tributan como rendimientos del capital mobiliario y están sujetos a retención a cuenta del impuesto.
- Recordar que los traspasos entre fondos no tributan: una de las ventajas fiscales de los fondos de inversión es que permiten mover el ahorro de un fondo a otro sin tributar hasta el momento del reembolso definitivo (salvo en el caso de ETF).
- No hay que declarar las variaciones de valor de las acciones o de las participaciones en fondos: no se tributa por las fluctuaciones de valor mientras no se vendan las acciones o participaciones. La tributación se produce, con carácter general, en el momento de la transmisión.
- Revisar los gastos asociados a las inversiones: en los rendimientos del capital mobiliario pueden deducirse determinados gastos, como los de administración y depósito de valores, y en las ganancias patrimoniales las comisiones de compra y venta se tienen en cuenta en el cálculo de la ganancia o pérdida.
- Informarse antes de tomar decisiones de inversión con impacto fiscal: la fiscalidad puede influir en la rentabilidad final, por lo que conviene tenerla en cuenta en la planificación financiera. Además, puede cambiar incluso antes de la liquidación de la inversión.
- Consultar fuentes oficiales y materiales divulgativos: el acceso a información clara y fiable contribuye a mejorar la educación financiera y la toma de decisiones.



