Según un estudio de la Comisión Europea, los inversores incurren en costes por valor de 4.800 millones de euros al año en desgravación fiscal no percibida. Esta estimación se debe principalmente a la falta de homogeneización y a la complejidad de los procedimientos de solicitud de devolución de retención.
Cada vez que un inversor recibe dividendos o cupones extranjeros tributa en origen y en su país de residencia fiscal. La diversidad regulatoria y los procedimientos complejos dificultan la recuperación del exceso de retención, tanto para IICs como para inversores particulares, mermando considerablemente, para los casos sin reclamar, la rentabilidad de las inversiones, según un informe de Dividend Refund.
Los procedimientos de recuperación largos e ineficientes pueden generar costes financieros directos, costes de oportunidad y pérdida de beneficios fiscales. Algunos países aplican tasas de retención de hasta el 35% que, sumada a la retención en España hacen que más del 50% del dividendo se lo lleven las arcas públicas.
En el caso de las inversiones transfronterizas, muchos estados miembros gravan con retenciones en fuente los dividendos y los intereses de los bonos pagados a inversores que residen en el extranjero. Sin embargo, los inversores siguen estando obligados a pagar el impuesto sobre la renta en su país de residencia por los mismos ingresos y, a menudo, deben presentar una solicitud de devolución del impuesto pagado en exceso. En la actualidad, estos procedimientos de devolución suelen ser largos, costosos y engorrosos, lo que frustra a los inversores y desalienta las inversiones transfronterizas dentro de la UE y hacia ella.
Además, escándalos como los de Cum/Ex y Cum/Cum han puesto de manifiesto que estos procedimientos de devolución pueden ser objeto de abuso. Por ejemplo, se estima que este tipo de fraude ha provocado pérdidas por valor de 150.000 millones de euros entre 2000 y 2020 en un determinado grupo de Estados miembros, estima el informe.
Normativa FASTER
La Directiva FASTER (Financial Accountancy Standard for Tax Exemptions and Refunds) pretende agilizar las devoluciones de doble retención fiscal dentro de la Unión Europea y fortalecer los procedimientos contra el fraude fiscal relacionado con dividendos. El inicio de su aplicación se prevé el 1 de enero de 2030.
Bajo esta normativa, los estados miembros deberán implementar los procedimientos de devolución del exceso de doble imposición sobre dividendos de acciones y bonos emitidos en su jurisdicción, mediante un certificado común de residencia fiscal digital de la UE (de esta manera, los inversores con una cartera diversificada en toda la UE solo necesitarán un certificado de residencia fiscal digital para solicitar la devolución de sus impuestos en cualquier Estado miembro. En la actualidad, la mayoría de los estados miembros siguen utilizando procedimientos en papel).
A esto se le añade además dos procedimientos rápidos que complementan el procedimiento de devolución estándar (un procedimiento de «exención en origen» y un sistema de «devolución rápida», que agilizarán, simplificarán y armonizarán el proceso de exención en toda la UE. Los estados miembros podrán elegir cuál de ellos utilizar. En el procedimiento de «exención en origen», el tipo impositivo más bajo aplicable se aplica directamente en el momento del pago de los dividendos o intereses. En el procedimiento de «devolución rápida», se aplican retenciones en origen, pero las devoluciones por cualquier impuesto pagado en exceso deben concederse en un plazo de 60 días a partir de la solicitud de devolución. Se estima que estos procedimientos normalizados supondrán un ahorro para los inversores de 4 800 millones de euros al año).
También mediante la creación de registros nacionales de intermediarios financieros certificados y un portal de intermediarios financieros certificados de la UE (el portal actuará como punto único de entrada para las solicitudes de registro presentadas por los intermediarios financieros y proporcionará información al público sobre qué intermediarios financieros están certificados en qué Estados miembros. Los contribuyentes que inviertan en la UE a través de intermediarios financieros certificados registrados en el portal se beneficiarán de procedimientos de retención a cuenta acelerados y evitarán la doble imposición sobre los pagos de dividendos o intereses).
Y por último también las obligaciones de información normalizadas que proporcionarán a las administraciones tributarias nacionales la información necesaria para comprobar la elegibilidad de los contribuyentes para el tipo reducido y detectar posibles abusos. Los intermediarios financieros certificados (por ejemplo, los bancos) tendrán que comunicar los datos relativos al pago de dividendos o intereses a las administraciones tributarias pertinentes, de modo que estas últimas puedan rastrear los pagos desde la empresa que paga los dividendos hasta el inversor final.
En conclusión, la directiva Faster simplificará la solicitud de devolución de doble imposición en dividendos y cupones, pero a la vez se introducirán medidas de control digital complejas que harán que en la práctica estas reclamaciones sólo podrán ser procesadas por operadores especializados que estén homologados por la UE y cuenten con los medios tecnológicos necesarios, explican desde Dividend Refund.