El arranque de 2026 viene con cambios del régimen impositivo en varios países entre los que se destaca la modificación del umbral del impuesto federal a las herencias y donaciones en EE.UU., entre otros, y una amnistía de capitales offshore en México.
Más exposición al “Estate Tax”
“A partir del 1º de enero de 2026, el umbral de exención del impuesto federal a las herencias y donaciones en EE.UU. se redujo drásticamente, pasando de 14 millones de dólares por persona a cerca de 6 millones, al expirar las disposiciones temporales de la reforma de 2017” explican en una nota los juristas del estudio Insigh Trust.
En ausencia de nueva legislación, grandes patrimonios enfrentarán el doble de exposición al Estate Tax que el año pasado.
Por otro lado, se confirmó la continuidad de varias rebajas fiscales introducidas en 2025 bajo la ley “One Big Beautiful Bill Act” (OBBBA): los tramos reducidos de impuesto a la renta se hicieron permanentes junto con deducciones ampliadas, incluyendo un crédito fiscal por hijo elevado a 2.200 dólares y deducciones especiales temporales para adultos mayores, propinas, intereses de préstamos automotrices y horas extra.
Según el informe de Insight Trust “Las familias de alto patrimonio en EE.UU. deben revisar de inmediato sus estructuras sucesorias y de donación, ya que un mayor número de herederos podrían quedar sujetos al impuesto sucesorio con el nuevo umbral más bajo. Estrategias como aprovechar trusts antes de la muerte, seguros de vida o planificar la residencia fiscal cobran renovada importancia para mitigar la carga impositiva”.
Repatriación de capitales en México 2026
El Programa de Repatriación Voluntaria de Capitales que entra en vigor en México en 2026 permite a los contribuyentes regularizar capitales de procedencia lícita que se encontraban fuera del país antes de septiembre de 2025, siempre que dichos recursos sean ingresados o retornados a México durante el ejercicio fiscal 2026. Pueden acogerse tanto personas físicas como personas morales residentes en México, así como no residentes que cuenten con establecimiento permanente en territorio mexicano.
El principal incentivo del programa es la aplicación de una tasa preferencial del 15 por ciento de Impuesto sobre la Renta, que se calcula sobre el monto total de los recursos repatriados. Este impuesto tiene carácter definitivo, es decir, no admite deducciones, acreditamientos ni compensaciones adicionales, y se considera que con su pago quedan cumplidas las obligaciones fiscales relacionadas con esos capitales.
Un aspecto central del programa es que los capitales repatriados no pueden mantenerse inactivos. La normativa exige que sean destinados a inversión en México y que permanezcan invertidos durante un plazo mínimo de tres años. Las inversiones pueden realizarse en activos productivos, proyectos empresariales, adquisición de bienes permitidos o instrumentos financieros autorizados, siempre cumpliendo con los criterios que establezca el SAT. Además, el contribuyente debe informar formalmente el destino de los recursos mediante un aviso específico, así como presentar la declaración correspondiente por cada operación de repatriación.
El régimen también contempla ciertas limitaciones posteriores. Por ejemplo, si los recursos repatriados se utilizan para la distribución de dividendos o utilidades antes de cumplirse los plazos de inversión exigidos, pueden generarse impuestos adicionales conforme a las reglas generales del Impuesto sobre la Renta. Asimismo, el incumplimiento de cualquiera de los requisitos, como los plazos, la permanencia de la inversión o la presentación de avisos, puede implicar la pérdida de los beneficios fiscales y la determinación de créditos fiscales por parte de la autoridad.
México ya aplicó un programa de repatriación de capitales entre 2016 y 2017, durante el gobierno de Enrique Peña Nieto. En ese momento retornaron unos 380.000 millones de pesos mexicanos, de acuerdo con cifras difundidas por la Secretaría de Hacienda, y se generó una recaudación fiscal estimada de entre 20.000 y 25.000 millones de pesos por concepto de Impuesto sobre la Renta. Si esas cifras se expresan en dólares estadounidenses utilizando el tipo de cambio vigente el 21 de enero de 2026, el monto de capitales repatriados equivale aproximadamente a 21.600 millones de dólares, mientras que la recaudación fiscal se sitúa en un rango de 1.100 a 1.400 millones de dólares.


Por Alicia Miguel Serrano
