Después de haber pasado por la cadena de trámites del Congreso, la industria financiera colombiana ya estaba sondeando los alcances de la reforma previsional aprobada en el país. Ahora, sin embargo, la historia tomó un giro, con la Justicia fallando en contra de la entrada en vigencia de la ley y suspendiéndola hasta que se rehaga el cuarto trámite legislativo.
Ahora, según difundió en un comunicado la asociación local de administradoras de fondos de pensiones, Asofondos, los parlamentarios tienen 30 días hábiles para subsanar lo que Corte Constitucional calificó como un vicio de procedimiento, ya sea en sesión ordinaria, en extras o hasta en un nuevo período legislativo, si es necesaria una conciliación.
Este martes, en la sesión de sala plena de la Corte Constitucional, los magistrados tomaron la decisión unánime de suspender la entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024, que modifica el sistema de pensiones colombiano.
Ahora, con el freno puesto, el (nuevamente) proyecto de ley volverá al Congreso. Ahí, se someterá a discusión y votación en sesión plenaria la proposición sustitutiva que zanjó la decisión de la Corte Constitucional. El fallo respalda que se cometió un vicio en el cuarto trámite del proyecto, ya que no se votó la proposición sustitutiva presentada por la representante María del Mar Pizarro, junto con otros parlamentarios.
Próximos pasos
Así, los representantes deberán rehacer este paso. Además, según detalló Asofondos, el hecho de que se trata de una proposición sustitutiva significa que requiere un mínimo de tres horas de debate. Y los días hábiles empiezan a correr a partir de que la Corte publique oficialmente el Auto del asunto.
“Como la decisión de la Corte modificó la ponencia original, se debe corregir el texto y recolectar firmas. Solo cuando eso haya sucedido se procederá a la notificación oficial a la Cámara de Representantes y a partir de esa notificación es cuando empezaría a correr el término”, indicaron desde la gremial.
Después de eso, el presidente de la Cámara deberá rendir un informe a la Corte Constitucional. Sólo cuando la instancia judicial se “pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad” de la ley, se determinará si es constitucional.
Mientras esto no suceda, enfatizaron, la reforma no podrá entrar en vigor.
En el caso de que la proposición sustitutiva sea negada, también es posible que se rehaga el cuarto debate en la Plenaria de la Cámara y que haya cambios que requieran conciliación. Para este proceso, informó Asofondos, el plazo es de toda la legislatura. Es decir, entre el 20 de julio de 2025 y el 20 de junio de 2026.
Así, las normas de la reforma –con las excepciones de los artículos 12, sobre selección de ACCAI, y 76, sobre oportunidad de traslado, que siguen produciendo efectos– quedan suspendidas hasta que se zanje el asunto de la constitucionalidad.
La visión de las gestoras
“Las administradoras de fondos de pensiones y Asofondos entendemos que las mencionadas excepciones se entienden como: (1) que las ACCAI continúan existiendo, a la espera de que se perfeccione la ley y esta entre en vigor; (2) los traslados efectuados en el marco de la ventana de oportunidad de traslado se consideran en firme, y (3) este mecanismo continúa habilitado”, indicó la gremial –que representa a las AFPs Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia– en su nota de prensa.
En esa línea, el presidente de la entidad, Andrés Velasco, destacó el momento del fallo. “Resaltamos la importancia de que la Corte Constitucional haya decidido antes de la programada entrada en vigor de la ley 2381, el próximo 1ro de julio. Esto evita complicaciones operativas y jurídicas”, indicó.
El dirigente gremial agregó: “Entendemos que el trámite del, ahora nuevamente, proyecto de ley, retorna a la Cámara para surtir último debate. En ese escenario, las administradoras y el gremio continuarán contribuyendo a la búsqueda del mejor sistema pensional para los trabajadores colombianos”.
Velasco concluyó con que la entidad estará atenta a la comunicación del Auto con el que la Corte Constitucional hace oficiales sus decisiones. Este documento, dijo, les permitirá “formar una expectativa sobre cuáles podrían ser los tiempos que tomarán los trámites que hacen falta para perfeccionar el proyecto de ley de reforma pensional, y cuándo se podrían dar los siguientes pasos”.